Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Programa 5.
EL programa de Ayuda a la elaboración del Libro del Edificio y Proyectos Técnicos forma parte del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR) para la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas y barrios.
El objeto de esta ayuda es subvencionar el desarrollo del Libro del Edificio existente, así como los proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000, cuyo uso principal sea el residencial, y que al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante, excluyendo la planta baja, se destine a vivienda. Asimismo, serán subvencionables los gastos de honorarios a profesionales para el desarrollo del libro y de los proyectos técnicos.
El plan de actuaciones deberá incluir medidas que alcancen la reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
¿A quién va dirigido?
- Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas.
Cuantía de ayudas
La cuantía de la ayuda dependerá del número de viviendas del edificio, siendo como máximo de 3.500 euros para el desarrollo del libro del edificio existente, y de hasta 30.000 euros para el proyecto de rehabilitación.
Estas ayudas son compatibles con el Programa 3 Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y Programa 4 Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Libro del edificio existente:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.
La ayuda podrá incrementarse hasta en un 50% si no se dispone de la ITE, del IEE o análogo.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros más 40 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 3.500 euros.
Proyectos técnicos de rehabilitación:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de menos de 20 viviendas: 4.000 euros más 700 euros/vivienda.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 euros más 300 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 30.000 euros/vivienda.
Enlaces de interés:
- ORDEN de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.
- ORDEN de 21 de junio de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas con relación a los programas de ayudas de rehabilitación de los edificios residenciales y viviendas para el fomento de su eficiencia energética recogidos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas 3, 4 y 5 en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Programa 5.
EL programa de Ayuda a la elaboración del Libro del Edificio y Proyectos Técnicos forma parte del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR) para la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas y barrios.
El objeto de esta ayuda es subvencionar el desarrollo del Libro del Edificio existente, así como los proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000, cuyo uso principal sea el residencial, y que al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante, excluyendo la planta baja, se destine a vivienda. Asimismo, serán subvencionables los gastos de honorarios a profesionales para el desarrollo del libro y de los proyectos técnicos.
El plan de actuaciones deberá incluir medidas que alcancen la reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
¿A quién va dirigido?
- Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas.
Cuantía de ayudas
La cuantía de la ayuda dependerá del número de viviendas del edificio, siendo como máximo de 3.500 euros para el desarrollo del libro del edificio existente, y de hasta 30.000 euros para el proyecto de rehabilitación.
Estas ayudas son compatibles con el Programa 3 Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y Programa 4 Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Libro del edificio existente:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.
La ayuda podrá incrementarse hasta en un 50% si no se dispone de la ITE, del IEE o análogo.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros más 40 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 3.500 euros.
Proyectos técnicos de rehabilitación:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de menos de 20 viviendas: 4.000 euros más 700 euros/vivienda.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 euros más 300 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 30.000 euros/vivienda.
Enlaces de interés:
- ORDEN de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.
- ORDEN de 21 de junio de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas con relación a los programas de ayudas de rehabilitación de los edificios residenciales y viviendas para el fomento de su eficiencia energética recogidos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas 3, 4 y 5 en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Programa 5.
EL programa de Ayuda a la elaboración del Libro del Edificio y Proyectos Técnicos forma parte del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR) para la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas y barrios.
El objeto de esta ayuda es subvencionar el desarrollo del Libro del Edificio existente, así como los proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000, cuyo uso principal sea el residencial, y que al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante, excluyendo la planta baja, se destine a vivienda. Asimismo, serán subvencionables los gastos de honorarios a profesionales para el desarrollo del libro y de los proyectos técnicos.
El plan de actuaciones deberá incluir medidas que alcancen la reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
¿A quién va dirigido?
- Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas.
Cuantía de ayudas
La cuantía de la ayuda dependerá del número de viviendas del edificio, siendo como máximo de 3.500 euros para el desarrollo del libro del edificio existente, y de hasta 30.000 euros para el proyecto de rehabilitación.
Estas ayudas son compatibles con el Programa 3 Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y Programa 4 Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Libro del edificio existente:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.
La ayuda podrá incrementarse hasta en un 50% si no se dispone de la ITE, del IEE o análogo.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros más 40 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 3.500 euros.
Proyectos técnicos de rehabilitación:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de menos de 20 viviendas: 4.000 euros más 700 euros/vivienda.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 euros más 300 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 30.000 euros/vivienda.
Enlaces de interés:
- ORDEN de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.
- ORDEN de 21 de junio de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas con relación a los programas de ayudas de rehabilitación de los edificios residenciales y viviendas para el fomento de su eficiencia energética recogidos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas 3, 4 y 5 en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Programa 5.
EL programa de Ayuda a la elaboración del Libro del Edificio y Proyectos Técnicos forma parte del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR) para la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas y barrios.
El objeto de esta ayuda es subvencionar el desarrollo del Libro del Edificio existente, así como los proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000, cuyo uso principal sea el residencial, y que al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante, excluyendo la planta baja, se destine a vivienda. Asimismo, serán subvencionables los gastos de honorarios a profesionales para el desarrollo del libro y de los proyectos técnicos.
El plan de actuaciones deberá incluir medidas que alcancen la reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
¿A quién va dirigido?
- Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas.
Cuantía de ayudas
La cuantía de la ayuda dependerá del número de viviendas del edificio, siendo como máximo de 3.500 euros para el desarrollo del libro del edificio existente, y de hasta 30.000 euros para el proyecto de rehabilitación.
Estas ayudas son compatibles con el Programa 3 Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y Programa 4 Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Libro del edificio existente:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.
La ayuda podrá incrementarse hasta en un 50% si no se dispone de la ITE, del IEE o análogo.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros más 40 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 3.500 euros.
Proyectos técnicos de rehabilitación:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de menos de 20 viviendas: 4.000 euros más 700 euros/vivienda.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 euros más 300 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 30.000 euros/vivienda.
Enlaces de interés:
- ORDEN de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.
- ORDEN de 21 de junio de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas con relación a los programas de ayudas de rehabilitación de los edificios residenciales y viviendas para el fomento de su eficiencia energética recogidos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas 3, 4 y 5 en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Programa 5.
EL programa de Ayuda a la elaboración del Libro del Edificio y Proyectos Técnicos forma parte del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR) para la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas y barrios.
El objeto de esta ayuda es subvencionar el desarrollo del Libro del Edificio existente, así como los proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000, cuyo uso principal sea el residencial, y que al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante, excluyendo la planta baja, se destine a vivienda. Asimismo, serán subvencionables los gastos de honorarios a profesionales para el desarrollo del libro y de los proyectos técnicos.
El plan de actuaciones deberá incluir medidas que alcancen la reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
¿A quién va dirigido?
- Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas.
Cuantía de ayudas
La cuantía de la ayuda dependerá del número de viviendas del edificio, siendo como máximo de 3.500 euros para el desarrollo del libro del edificio existente, y de hasta 30.000 euros para el proyecto de rehabilitación.
Estas ayudas son compatibles con el Programa 3 Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y Programa 4 Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Libro del edificio existente:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.
La ayuda podrá incrementarse hasta en un 50% si no se dispone de la ITE, del IEE o análogo.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros más 40 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 3.500 euros.
Proyectos técnicos de rehabilitación:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de menos de 20 viviendas: 4.000 euros más 700 euros/vivienda.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 euros más 300 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 30.000 euros/vivienda.
Enlaces de interés:
- ORDEN de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.
- ORDEN de 21 de junio de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas con relación a los programas de ayudas de rehabilitación de los edificios residenciales y viviendas para el fomento de su eficiencia energética recogidos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas 3, 4 y 5 en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Programa 5.
EL programa de Ayuda a la elaboración del Libro del Edificio y Proyectos Técnicos forma parte del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR) para la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas y barrios.
El objeto de esta ayuda es subvencionar el desarrollo del Libro del Edificio existente, así como los proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000, cuyo uso principal sea el residencial, y que al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante, excluyendo la planta baja, se destine a vivienda. Asimismo, serán subvencionables los gastos de honorarios a profesionales para el desarrollo del libro y de los proyectos técnicos.
El plan de actuaciones deberá incluir medidas que alcancen la reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
¿A quién va dirigido?
- Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas.
Cuantía de ayudas
La cuantía de la ayuda dependerá del número de viviendas del edificio, siendo como máximo de 3.500 euros para el desarrollo del libro del edificio existente, y de hasta 30.000 euros para el proyecto de rehabilitación.
Estas ayudas son compatibles con el Programa 3 Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y Programa 4 Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Libro del edificio existente:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.
La ayuda podrá incrementarse hasta en un 50% si no se dispone de la ITE, del IEE o análogo.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros más 40 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 3.500 euros.
Proyectos técnicos de rehabilitación:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de menos de 20 viviendas: 4.000 euros más 700 euros/vivienda.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 euros más 300 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 30.000 euros/vivienda.
Enlaces de interés:
- ORDEN de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.
- ORDEN de 21 de junio de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas con relación a los programas de ayudas de rehabilitación de los edificios residenciales y viviendas para el fomento de su eficiencia energética recogidos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas 3, 4 y 5 en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Programa 5.
EL programa de Ayuda a la elaboración del Libro del Edificio y Proyectos Técnicos forma parte del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR) para la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas y barrios.
El objeto de esta ayuda es subvencionar el desarrollo del Libro del Edificio existente, así como los proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000, cuyo uso principal sea el residencial, y que al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante, excluyendo la planta baja, se destine a vivienda. Asimismo, serán subvencionables los gastos de honorarios a profesionales para el desarrollo del libro y de los proyectos técnicos.
El plan de actuaciones deberá incluir medidas que alcancen la reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
¿A quién va dirigido?
- Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
- Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
- Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
- Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
- Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas.
Cuantía de ayudas
La cuantía de la ayuda dependerá del número de viviendas del edificio, siendo como máximo de 3.500 euros para el desarrollo del libro del edificio existente, y de hasta 30.000 euros para el proyecto de rehabilitación.
Estas ayudas son compatibles con el Programa 3 Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y Programa 4 Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Libro del edificio existente:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700 euros, más una cantidad de 60 euros por vivienda.
La ayuda podrá incrementarse hasta en un 50% si no se dispone de la ITE, del IEE o análogo.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 1.100 euros más 40 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 3.500 euros.
Proyectos técnicos de rehabilitación:
En caso de viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de menos de 20 viviendas: 4.000 euros más 700 euros/vivienda.
En caso de edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas: 12.000 euros más 300 euros/vivienda, con una cuantía máxima de 30.000 euros/vivienda.
Enlaces de interés:
- ORDEN de 21 de julio de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.
- ORDEN de 21 de junio de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases y se regula la convocatoria pública de ayudas con relación a los programas de ayudas de rehabilitación de los edificios residenciales y viviendas para el fomento de su eficiencia energética recogidos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los Programas 3, 4 y 5 en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU