Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. Programa 3.

El Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio forma parte del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia (PRTR) para la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas y barrios.

¿Cuál es el objetivo del programa?

  • Reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética. Para ello, un experto tiene que expedir un certificado energético de la vivienda o del edificio antes y después de la actuación.
  • Reducción de la demanda de energía global anual de calefacción y refrigeración de:
    • un 35% en zonas climáticas D y E.
    • un 25% en zona climática C.

Los edificios históricos o protegidos oficialmente por su valor arquitectónico no tendrán que cumplir con la reducción de demanda establecida para las actuaciones sobre la envolvente térmica. Asimismo, los edificios en los que hayan llevado a cabo intervenciones de mejora de la eficiencia energética en los últimos cuatro años y que hayan conseguido importantes mejoras en el consumo de calefacción y refrigeración, tampoco tendrán que alcanzar los umbrales fijados de reducción de demanda.

Ayudas rehabilitación

 ¿Qué se subvenciona?

  • Actuaciones para la mejora de la envolvente térmica de tu edificio: aislamiento en fachadas y cubiertas, sustitución de ventanas …
  • Actuaciones para la mejora de la accesibilidad: portal a cota 0, eliminación de barreras arquitectónicas …
  • Actuaciones para la mejora de las condiciones de seguridad contra incendios: equipos e instalaciones generales de detección, alarma y extinción de incendios, alumbrado de emergencia, señalización …
  • Costes de gestión inherentes al desarrollo de las actuaciones y los gastos asociados;
  • Los honorarios de los profesionales intervinientes en la gestión y desarrollo de las actuaciones, incluida la dirección de obra;
  • El coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios;
  • Los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos similares.

¿A quién va dirigido?

  • Los propietarios o usufructuarios bien sean personas físicas o jurídicas.
  • Las empresas públicas, las sociedades mercantiles participadas por la administración pública, los organismos, los entes y la propia administración pública siempre y cuando sean propietarios de los inmuebles residenciales.
  • Las comunidades de propietarios.
  • Los propietarios que, de forma agrupada, sean dueños de edificios.
  • Las cooperativas compuestas por propietarios de viviendas o edificios y las cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
  • Las empresas y cooperativas arrendatarias o concesionarias de los edificios. Para poder solicitar la ayuda deben presentar un contrato que les otorgue la facultad expresa para acometer obras de rehabilitación.
  • El arrendatario de la vivienda podrá solicitar la ayuda siempre y cuando haya pactado con el propietario costear las obras a cambio del pago de la renta. Debe presentar un acuerdo que acredite dicho compromiso.

¿Es necesario presentar un proyecto?

Para solicitar las subvenciones, los destinatarios deben disponer de un proyecto de las actuaciones a realizar. Es aquí donde entra ig karratu arkitektura. En nuestro estudio desarrollaremos el proyecto, que incluirá:

  • El ahorro de consumo energético del edificio original, y tras las actuaciones propuestas;
  • la inversión subvencionable;
  • la cuantía de la ayuda solicitada;
  • el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición.
  • Deberá incluirse el Libro del edificio existente para la rehabilitación

Principales requisitos de los edificios:

  1. Disponer del proyecto de las actuaciones a realizar
  2. Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad, y estarán diseñados para ser más eficientes en el uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables
  3. Retirar del edificio los productos de construcción que contengan amianto
  4. En el caso de edificios plurifamiliares:
    1. Al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja, este destinada a vivienda
    2. Las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios
    3. Edificios plurifamiliares de 4 viviendas como mínimo
    4. Edificios construidos con anterioridad al año 2000
    5. Deberán haber realizado la inspección técnica del edificio (ITE) con anterioridad a la formalización de la solicitud. El desarrollo de la ITE es subvencionable y entra dentro del programa 5 – Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación

Cuantía de las ayudas:

Los beneficiarios de las ayudas podrán cubrir entre el 40 – 80% de los costes, en función de la calificación energética obtenida, pudiendo llegar al 100% de los costes en caso de vulnerabilidad económica. Las cuantías máximas oscilan en torno a los 6.300 y 18.800 euros por vivienda.

En aquellos casos en los que haya que proceder a la retirada de elementos con amianto, podrá incrementarse la ayuda hasta un máximo de 1.000 euros por vivienda, y 12.000 euros por edificio.

Serán compatibles con cualquier otra ayuda pública para el mismo objeto, siempre que no se supere el presupuesto total de las actuaciones y que no cubran el mismo coste. Así, por ejemplo, será compatible con el Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.

Ayudas rehabilitación

Plazos para ejecutar la obra y certificar los objetivos cumplidos:

El plazo para ejecutar las obras no podrá superar los 26 meses desde la concesión de la ayuda. El plazo se podrá ampliar si las intervenciones superan las 40 viviendas. La ejecución de las actuaciones subvencionadas tendrán que haber finalizado antes del 30 de junio de 2026.

Después, los beneficiarios de las ayudas tendrán 3 meses de plazo desde que se finalice el plazo para llevar a cabo las intervenciones, para presentar la documentación que justifique las intervenciones, las certificación energética del edificio antes y después de las intervenciones.

Enlaces de interés:

Next Generation Euskadi
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